Micelio
Auto5 de agosto de 2002

A- de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

✓Demandante Contreras Mejia Sergio·Demandado Consejo Seccional De La Judicatura

✓
Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion A Un Tercero
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso De Tutela
  • Notificación iniciación de la acción
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó poner en conocimiento del Juez Cuarto Laboral de Cúcuta y de la citadora de dicho juzgado, la solicitud de tutela de la referencia y los fallos de primera instancia, para que en el término de tres días hábiles a partir del recibo de la comunicación, exprese lo que estime conveniente.

Lo anterior, porque se presentó una indebida o ausencia de notificación a los sujetos procesales de la tutela o a terceros que pueden resultar afectados con la decisión.

Se suspenden los términos de manera indefinida hasta tanto no se efectúe la tramitación antes indicada y la Sala ordene su reanudación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. PONER EN CONOCIMIENTO del Juez 4º Laboral de Cúcuta y de la citadora de dicho juzgado, señorita Irma Marcela Echeverría López, la solicitud de tutela de la referencia y los fallos de primera instancia, para que en el término de tres (3) días hábiles a partir del recibo de la comunicación, exprese lo que estime conveniente.
  2. Segundo. SUSPENDER los términos de manera indefinida hasta tanto no se efectúe la tramitación antes indicada y la Sala ordene su reanudación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.