Micelio
Auto5 de agosto de 2002

A- de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Contreras Mejia Sergio·Demandado Consejo Seccional De La Judicatura

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion A Un Tercero
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso De Tutela
  • Notificación iniciación de la acción
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó poner en conocimiento del Juez Cuarto Laboral de Cúcuta y de la citadora de dicho juzgado, la solicitud de tutela de la referencia y los fallos de primera instancia, para que en el término de tres días hábiles a partir del recibo de la comunicación, exprese lo que estime conveniente.

Lo anterior, porque se presentó una indebida o ausencia de notificación a los sujetos procesales de la tutela o a terceros que pueden resultar afectados con la decisión.

Se suspenden los términos de manera indefinida hasta tanto no se efectúe la tramitación antes indicada y la Sala ordene su reanudación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. PONER EN CONOCIMIENTO del Juez 4º Laboral de Cúcuta y de la citadora de dicho juzgado, señorita Irma Marcela Echeverría López, la solicitud de tutela de la referencia y los fallos de primera instancia, para que en el término de tres (3) días hábiles a partir del recibo de la comunicación, exprese lo que estime conveniente.
  2. Segundo. SUSPENDER los términos de manera indefinida hasta tanto no se efectúe la tramitación antes indicada y la Sala ordene su reanudación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.